Tengo pronación en mis pies, pero no me impide hacer vida normal y actividad física ¿podría acceder

Tengo pronación en mis pies, pero no me impide hacer vida normal y actividad física ¿podría acceder a la policía o al ejército con esta condición? Gracias

3 respuestas


Según el BOE, en el apartado 4.3.1, El pie plano no está tipificado como motivo de exclusión como tal porque no se especifica en el cuadro de exclusiones médicas, pero sí podría ser una causa de exclusión si el Tribunal Médico considera que tu pie plano limita o dificulta el desarrollo de la función policial, o puede agravarse con el desempeño del puesto de trabajo, es decir, lo deja a interpretación del Tribunal para cada caso en particular. Mi recomendación: Ir a un podólogo (tenemos legalmente la capacidad de diagnóstico) que te hará un INFORME BIOMECÁNICO veraz de tu situación podológica y, sobretodo, te puede realizar unas plantillas a medida con un nivel de eficacia mayor que las ortopédicas, que sin ser ineficaces, no son en la mayoría de ocasiones a medida (¿como saberlo? ¿Te hicieron moldes como hace un dentista en la boca?) y en segundo lugar los materiales son una evolución de los de ortopedia (por lo tanto ofrecen unas prestaciones mayores para no acabar teniendo esos problemas que pueden interpretar desde el Tribunal). Dicho esto, no tienes el 100% de seguridad (un Tribunal no incluye podólogos), pero verán que has hecho lo máximo por tu parte para cuidar tus pies y con un informe que respaldará la mejora de salud de tus pies. Así que estarás lo mas tranquilo posible y de paso tus pies realmente estarán en las mejores condiciones posibles. Un abrazo

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Actualmente tengo entendido que si, diferente es tener una patologia grave de pie plano con coalicion o similar. Incluso asi, tengo un paciente que entro (eso si, tenia sus plantillas)

Alvaro Fernandez Garzon

Alvaro Fernandez Garzon

Podólogo

Linea de la Concepción

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En el cuadro de exclusiones no aparece reflejada la pronación del pie como causa. Textualmente esto es lo que se recoge en el BOE "Alteraciones de la estructura anatomofuncional del pie que originen un pie doloroso, produzcan intolerancia para el uso habitual del calzado reglamentario y ocasionen trastornos funcionales que incapaciten para la marcha prolongada y el ejercicio físico".

Todo el contenido, en particular las preguntas y respuestas, es de carácter informativo y en ningún caso puede sustituir un diagnóstico médico.